Al final, los hijos de una pareja gay española nacidos en California podrán ser...
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112009
Al final, los hijos de una pareja gay española nacidos en California podrán ser inscriptos
Por Andres Bacigalupo
Fueron concebidos por una madre de alquiler en EE.UU. Pero hasta ahora la justicia se había negado a inscribirlos porque esa técnica de reproducción asistida está prohibida en el país.
El Ministerio de Justicia ha autorizado la inscripción en el Registro Civil de dos bebés hijos de un matrimonio homosexual. Los bebés fueron concebidos con una madre de alquiler en California, técnica que está expresamente prohibida en España.
Los valencianos Ignacio B. y Juan C. M., casados tras la aprobación de la ley que permite el matrimonio homosexual, acudieron en un principio a la adopción nacional e internacional para poder tener hijos. Al no lograrlo, se desplazaron a California y llegaron a un acuerdo con una mujer para que gestara a un bebé con el semen de ambos varones y con óvulos donados por otra mujer.
Las leyes de California permiten esta práctica, prohibida por la Ley española sobre Técnicas de Reproducción Asistida. De acuerdo con la legislación californiana, la madre de alquiler recibe una cantidad que no puede superar los 25.000 dólares, cantidad que no responde a un pago contractual sino a una compensación por la pérdida de salarios, bajas laborales y seguro de vida.
El pasado octubre nació no uno, sino dos bebés. Pero el Consulado español en Los Ángeles se negó a inscribirlos en el Registro Civil consular como hijos de Ignacio y Juan alegando la "categórica prohibición" de los vientres de alquiler en la legislación española.
“Interés superior” de los menores
El Ministerio de Justicia ha revocado ahora esa decisión estimando un recurso promovido por el matrimonio gay. La Dirección General de los Registros invoca el "interés superior" de los menores y su derecho a "una filiación única válida en varios países, y no de una filiación en un país y de otra filiación distinta en otro país, de modo que sus padres sean distintos cada vez que cruzan una frontera".
Para la Dirección General, el superior interés de los hijos "se impone sobre cualquier otra consideración en juego", incluso sobre el supuesto fraude de ley en que los padres habrían incurrido para eludir la ley española que impide la concepción de hijos mediante madres de alquiler.
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me encanta esto mi mas sinsero apoyo a los padres soy andres de bcn
Dice ser andres villaseca - 11/03/2009 18:41
Felicitaciones y ánimo, que dos a la vez dan trabajo. Pero como se suele decir, sarna con gusto no pica. Doble trabajo, pero dobles alegrias y cariño.
Menos mal que ha triunfado el sentido común. Aparte que no veo el fraude de ley. La prohibición española no afecta porque el acto fue realizado fuera de España.
Es como si uno fuera Holanda, se fumara algunas sustancias psicotrópicas y/o estupefacientes (como gustan de denominar aquí la legislación a los simples porros) y lo sancionaran o detuvieran en España al regresar por la "resaca" de la misma. Absurdo, no?
Ellos realizaron algo legal en EEUU, y al volver a España no realizan nada ilegal, puesto que no van a volver a nacer los niños otra vez.
Por eso, felicidades, ánimo y a demostrar lo capaces que somos de educar, dar cariño, amor, cuidados y bienestar!
Dice ser Javier B. - 13/03/2009 7:55
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