Colectivos gays chilenos contra la discriminación hacia las docentes lesbianas
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2304200811:35 Colectivos gays chilenos contra la discriminación hacia las docentes lesbianas Por Universo Gay
La Federación Chilena de la Diversidad Sexual (Fedisech) y el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) han redactado una carta que entregarán a la Corte Suprema de Chile, con motivo de la discriminación hacia las profesoras lesbianas del país.
Los
colectivos gasy chilenos pretenden que la sociedad conozca la realidad de
homofobia y se comprometan a leer y firmar la carta que han redactado. Asimismo,
esperan contar con un gran número de asistentes a la protesta contra la Corte
Suprema el próximo viernes a la 13:00 horas en el Palacio de Tribunales.Señor Urbano Marín
Vallejo / Presidente Corte
Suprema
Las organizaciones y
personas abajo firmantes expresamos nuestro total y absoluto repudio por
un fallo de la Tercera Corte Suprema que ha sentado un nefasto precedente para
la igualdad ante la ley, para los derechos al trabajo y la no
discriminación y para el respeto a la vida privada que debe garantizarse a
todas las personas, según se establece en la Constitución y en diversos
tratados internacionales ratificados por vuestro país.
Se trata de un fallo
emitido por unanimidad por cinco votos provenientes de los ministros Adalis
Oyarzún, Pedro Pierry y los abogados integrantes Hernán Alvarez y Domingo
Hernández, quienes han validado la exigencia de la Iglesia Católica de impedir
a la profesora Sandra Pavez ejercer clases de religión sólo por ser lesbiana.
Más lamentable es que, de
acuerdo al fallo, no existe separación entre la Iglesia y el Estado, pues se
indica que los profesores de religión pueden ejercer, incluso en colegios
laicos, sólo en función de "los principios morales,
filosóficos y religiosos" de las cúpulas del catolicismo, por lo que
"no debe haber ingerencia alguna del Estado". Nos preguntamos
al respecto, ¿Desde cuándo las clases de religión en Chile son de proselitismo
de una sola doctrina? ¿Se ha informado de eso a los padres y apoderados?.
El Estado, según el fallo,
no debe "inmiscuirse, ni cuestionar las decisiones" de la Iglesia en
el sistema educacional, aún cuando se vulneren derechos humanos y principios de
no discriminación y aún cuando se impida, como ocurre en este caso, a una
profesora que tiene un currículo intachable; que es respaldado y felicitado por
profesores, alumnos, apoderados y la dirección de su colegio; ejercer su
oficio.
La Iglesia y la Tercera
Sala de la Corte Suprema han justificado y argumentado esta brutal injusticia
basados en el Decreto 924 publicado el 7 de enero de 1984. Según esa norma,
sólo pueden ejercer clases de religión aquellas personas que cuenten con un
certificado de idoneidad entregado por la Iglesia.
El punto es que en
ninguna parte el Decreto 924 se dice que gays o lesbianas, inmigrantes,
mujeres solteras o cualquier otro sector social no pueden hacer clases. Sólo se
habla de idoneidad y, de acuerdo a toda la comunidad escolar, Sandra Pavez
tiene toda la capacidad y la altura moral para ejercer su oficio. ¿Quién más
que su propia comunidad es la encargada de definir si es o no una buena
profesora?
En la práctica la
Tercera Sala no quiso pronunciarse sobre el asunto de fondo, cual es que en
base a la interpretación maliciosa de un Decreto se puede discriminar y
violentar los derechos y principios humanos garantizados en la Constitución y
en diversos tratados internacionales ratificados por Chile, pasando por alto la
separación entre la Iglesia y el Estado que rige desde 1925-
Un nuevo mal precedente
vemos del Poder Judicial, una parte del cual en vez de hacer prevalecer la
justicia, marca pautas en función de lo que una institución, una sola
institución (ni siquiera las leyes), entiende y define lo es que la
idoneidad profesional
¿A que ley o decreto se
ajusto la Corte para definir que ser lesbiana no afecta la idoneidad? En
ninguno, pues no sólo no existe, sino que además en la Constitución y los
tratados internacionales se impide todo tipo de vulneración de derechos a la
vida privada, la honra y el trabajo.
A esta Corte, con este
caso, poco y nada le importó violentar las leyes que por principio y deber debe
resguardar. La interpretación religiosa de una norma se impone por sobre
la legislación y, en consecuencia, afecta el Estado de Derecho.
Sin duda que este nuevo
accionar de la Corte pasará a la historia como uno de los más brutales casos de
discriminación que ha afectado a una mujer lesbiana o a cualquier persona en
Chile.
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