La FELGTB rechaza la sentencia por la custodia del hijo de una transexual de Lugo
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222009
La FELGTB rechaza la sentencia por la custodia del hijo de una transexual de Lugo
Por Andres Bacigalupo
El Tribunal Constitucional ha dictaminado que la transexual sólo podrá ver a su hijo tres horas cada 15 días. Para la FELGTB se está discriminando a Alexia Pardo por su condición.
Según la sentencia, que llegó al TC después de que fuera recurrida la anterior, de la Audiencia de Lugo, Alexia podrá ver a su hijo, fruto de una relación anterior a su reasignación sexual, tres horas cada 15 días, algo que, según la Federación Estatal de Gays, Lesbianas, Transexuales y Bisexuales (FELGTB), “no tiene en cuenta las consecuencias emocionales” que la sentencia tendrá en el menor.
La FELGTB sostiene que se trata de una sentencia marcada por la “moral transfóbica” y que ha “despreciado” el interés del menor porque lo “protege de su madre, como si la transexualidad fuera algo pernicioso para el niño”.
La FELGTB sostiene que los niños solo buscan la “protección” de sus progenitores, “sin importarles los cambios físicos que se den en algunos de ellos”.
Además, Alexia ha aportado informes clínicos sobre su estabilidad psicológica y la Federación asegura que los informes psicológicos muestran que la relación entre el menor y la mujer es “perfecta”.
La sentencia será recurrida en el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo.
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