Uruguay: plantean dudas sobre la ley de adopción para parejas homosexuales
| Noticias gays en Universo Gay
162009
Uruguay: plantean dudas sobre la ley de adopción para parejas homosexuales
Por Andres Bacigalupo
Abogados dicen que la norma no incluye explícitamente a las parejas del mismo sexo. Debido a esos “vacíos” legales, la decisión final quedaría a criterio de los jueces.
La ley que convirtió a Uruguay en el primer país latinoamericano en garantizar el derecho de adopción a gays y lesbianas ha sido cuestionada por abogados y juristas. Consultados por el diario local El País, muchos de ellos han insistido en que la norma no dice explícitamente que las parejas del mismo sexo estén incluidas en la reforma del Código del Niño, una iniciativa del partido gobernante.
La posibilidad se dedujo por la existencia de una ley de unión concubinaria de diciembre de 2007, donde se reconocen derechos personales y patrimoniales a parejas del mismo sexo. Pero las palabras "homosexual" o "mismo sexo" no aparecen en la ley de adopción sancionada la semana pasada. Sí establece, sin embargo, que los concubinos pueden adoptar, lo cual llevó a deducir a que podían adoptar no sólo parejas hetero sino también homosexuales.
Según el abogado y profesor de Derecho Civil, Juan A. Ramírez en la ley "no hay ninguna línea que afirme que pueden adoptar parejas homosexuales" y agregó que "un juez no puede otorgar la adopción a dos personas del mismo sexo porque el legislador no lo autoriza a ello".
En cambio, Ramírez apunta que la ley sancionada incluso mantiene aspectos que claramente dejarían afuera a las parejas homosexuales. Por ejemplo: "en los casos de adopción, el hijo sustituirá su primer apellido por el del padre adoptivo y el segundo apellido por el de la madre adoptiva". Para Ramírez "esto quiere decir que el legislador sólo concibió que la adopción podía ser por un padre y por una madre adoptivos, no por dos padres o dos madres".
Por los “vacíos”, quedaría a criterio de los jueces
Por su parte, el abogado del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU), Edgard Marzarini, admitió que respecto al tema de los apellidos de padre y madre que requiere la ley "no sabía como se resolvería en ese caso. Son esos vacíos que luego nos van a dar problemas".
La diputada oficialista Margarita Percovich, autora de la iniciativa, señaló que la posible adopción por parte de homosexuales ya estaba instalada "desde que puede adoptar una persona sola. Puede ser homosexual o heterosexual", insistió.
La nueva ley también elimina el requisito de que los padres o madres adoptivos sean casados o solteros. Pero la ley no dice específicamente que los homosexuales tienen el derecho de adoptar, eso, según Percovich, quedará a las decisiones de los jueces.
La jueza de Familia Estrella Pérez se sumó a las dudas y las centró en los años que una pareja debe vivir en concubinato y el de los apellidos."Fueron las contradicciones que se le advirtieron a los legisladores", expresó Pérez quién agregó que "ahora nos reuniremos para ver cómo resolver estas dudas. Todos las tenemos".
Tu opinión importa
Escribe tu opinión y compártela con los demás.
"un juez no puede otorgar la adopción a dos personas del mismo sexo porque el legislador no lo autoriza a ello".
No lo autoriza?... el hecho que no lo mencione no quiere decir que no lo autorice, este abogado desconoce las garantias constitucionales: “principio de clausura” lo que no esta prohibido esta permitido, el juez NO ES QUE NO PUEDE, sino que PUEDE discrecionalmente decidir sobre concesión de la adopción, para lo cual si nos topamos con un magistrado prejuicioso como se observa en el argumento del abogado que antes cite, seguramente no otorgara la adopción, si es un “activista” y por ende coherente, sabrá ponderar las circunstancias del caso haciendo una lectura de la ley a la luz de varios principios que convergen.
"en los casos de adopción, el hijo sustituirá su primer apellido por el del padre adoptivo y el segundo apellido por el de la madre adoptiva".
Es una interpretación aislada que hace este abogado de tal cláusula, abría que analizarla en armonía con todo el texto legal, y de allí determinar, lo que me parece lo mas probable, la existencia de una falla en la técnica legislativa…
Pensé en un primer momento que la ley sería explicita, la verdad que me desepciona bastante, puesto que si bien es un avance en la materia, no podemos decir que el derecho uruguayo reconozca EXPLÍCITAMENTE tal facultad a los homosexuales, lo cual me hace pensar que puede haber un poco de “clientelismo político” o “conveniencia política” al proclamar con bombos y platillos una medida que en definitiva generó mas disputas, que no resolvió la cuestión de fondo y que sin lugar a dudas, al quedar librada a decisión judicial, muchos gays y lesbianas van a tener que seguir luchando como lo hacen ahora, sin poder de una vez por todas gozar de sus derechos humanos sin tener que pasar por malas sangres, angustias, y marginaciones y que sea el mismo estado el que decida “SI TENEMOS O NO EL DERECHO A…”
Una lastima…
Argentina - Bahía Blanca.
Dice ser Darío - 16/09/2009 16:41
Escribe tu opinión
Este artículo se publicó hace más de 7 días. Para limitar el impacto de mensajes homófobos y spam, sólo los usuarios registrados pueden dejar sus comentarios en este tipo de artículos. Puedes identificarte con tu perfil o crear tu cuenta gratis en menos de un minuto.
También te puede interesar
Noticias gays habla de...
Vídeos
Publicidad
Lo más nuevo




